Autor: Alvaro Muñoz Gutiérrez

Los cambios que llegan para los autónomos a partir de 2025: Todas las novedades de la Seguridad Social

Para el 2025, los autónomos en España enfrentaran una serie de cambios que afectaran de manera significativa su cotización a la Seguridad Social,su gestión fiscal-administrativa y su relación con Hacienda. Ahora, no hablamos del ajuste en las bases de cotización habitual cada año, sino también del nuevo sistema de cotización (2023), en el que los trabajadores por cuenta propia no eligen su cuota de cotización, sino que se hace en función a los ingresos generados.

El propósito de esta iniciativa, impulsada por el Gobierno, es redistribuir la riqueza en lo que refiere a los trabajadores autónomos para, según comentan, mejorar la transparencia fiscal y combatir el fraude. Lo cierto es que estos cambios en la cuota de la Seguridad Social tienen lugar desde 2023, fecha en la que comenzó el nuevo sistema propuesto por el Real Decreto 665/2024, de 9 de julio, que establece un total de 15 franjas de cotización por ingreso que van de los 670 euros mensuales como ingreso mínimo hasta un máximo de 6.000 euros.

De esta manera, a partir de 2025 habrá tres ajustes: con base en la Renta, el impacto del MEI y la subida de las cuotas. En cuanto a la tributación, las novedades se encuentran en el régimen del IVA Franquiciado, la exención trimestral del MOD 303 y anual del MOD 390 y la factura electrónica.

¿Cómo funciona la cotización por ingresos reales?
En 2025 se consolida el sistema de cotización basado en ingresos reales. Esta medida pretende, tal y como indica su nombre, hacer que los autónomos paguen a la Seguridad Social en función de lo que realmente ganan. Hasta entonces, los autónomos podían elegir su base de cotización, sin importar sus ingresos, lo que permitía que muchos cotizaran por la base mínima, independientemente de sus beneficios.

Para poder entonces situarse en uno de los 15 tramos de cotización, los trabajadores por cuenta propia deberán presentar una previsión anual de ingresos a la Seguridad Social durante 2025. Esta previsión será para determinar el tramo que les corresponde. Si bien esto ha levantado críticas, el sistema ofrece flexibilidad permitiendo a los autónomos ajustar su cotización hasta seis veces al añoenfunción de las variaciones en sus ingresos. Esto supone una ventaja para aquellos cuya facturación se modifica significativamente a lo largo del año y conforme a la temporada.

Para que sea posible confirmar las bases de cotización en función de los ingresos, la Seguridad Social cruzará los datos con la Agencia Tributaria para comprobar si la previsión de ingresos coincide con los rendimientos reales declarados en la renta. Si un autónomo ha cotizado de más, recibirá una devolución. Sin embargo, si ha cotizado por debajo de lo que le correspondía, deberá abonar la diferencia. Este proceso lleva por nombre regularización de las cotizaciones y quienes no realicen los ajustes oportunos pueden enfrentarse a pagos adicionales al final del ejercicio.

¿Cuánto subirán las cuotas de autónomo en 2025?
El nuevo sistema de cotización implica un aumento de las cuotas para aquellos autónomos cuyos ingresos superen los 1.700 euros al mes. En estos casos, las cuotas se incrementarán entre 30 y 90 euros mensuales, lo que supondrá un aumento de entre 360 y 1.080 euros anuales. Los autónomos con mayores ingresos contribuirán más al sistema, equiparando sus cotizaciones con las de los trabajadores asalariados. De esta manera, las cuotas mensuales oscilarán en un rango que va desde los 225 hasta los 590 euros.

Por el contrario, los autónomos con ingresos inferiores a 670 euros mensuales verán reducida su cuota mínima, que pasará de 230 euros a 200 euros al mes, y para los que tienen rendimientos mensuales de entre 1.300 y 1.7000 euros (trabajadores adscritos al RETA), las cuotas permanecerán iguales. Cabe mencionar, que la mayoría de los autónomos se encuentran en este tramo, por lo que vale la pena verificar con antelación si es necesario hacer ajustes previos en la base de cotización.

En 2025 también se aplicará un aumento en el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), una medida introducida en 2023 para asegurar la sostenibilidad del sistema de pensiones. El MEI pasará del 0,7% al 0,8% de la base de cotización, lo que supondrá un pequeño incremento en las cuotas que los autónomos deberán abonar.

Por ejemplo, un autónomo que cotice por la base mínima del primer tramo (200 euros) tendrá que pagar 5,22 euros adicionales por el MEI, elevando su cuota a 205,22 euros.

Cambios en la tributación de los trabajadores autónomos: IVA franquiciado
El 2025 vendrá cargado de cambios a nivel fiscal para los trabajadores por cuenta propia. Por ejemplo, entrará en vigor la factura electrónica obligatoria para todos los autónomos. Esta medida busca reducir la carga administrativa, simplificando la presentación de impuestos y combatiendo el fraude fiscal. Los autónomos tendrán que emitir todas sus facturas electrónicamente, lo que supone un cambio importante, en especial para quienes no están familiarizados con las herramientas digitales.

Otra novedad es la introducción del IVA franquiciado, un nuevo régimen especial recogido en la Directiva Europea 2020/285 y cuyo plazo para implementarse en los Estados miembros vence en 2025. Este permitirá a los autónomos con ingresos inferiores a 85.000 euros anuales no tener que presentar declaraciones trimestrales de IVA ni emitir facturas con IVA. Es decir, dentro de este nuevo régimen, los autónomos no estarán obligados a tramitar los modelos 303 trimestrales, ni el modelo 390 anual.

El objetivo de dicha medida es simplificar las obligaciones fiscales de los autónomos. Además, los autónomos podrán ofrecer precios más competitivos frente a las grandes corporaciones. La creciente concentración de poder de estas grandes estructuras, en detrimento de autónomos y pymes, ha llevado a la Unión Europea a considerarlos como un grupo vulnerable y a crear leyes para frenar los monopolios y el poder desmedido de ciertos conglomerados. La emisión de facturas sin IVA permitirá que sus productos o servicios sean más competitivos en el mercado.

Sin embargo, cabe aclara que aquellos que se acojan a este régimen no podrán deducir el IVA soportado en sus gastos, por lo que deberán valorar si este régimen les conviene según su nivel de gastos e inversiones. Además, quienes elijan el IVA franquiciado no podrán incrementar su volumen de negocio en más de un 10% anual, lo que limita su capacidad de crecimiento.

Aumentar la base de cotización por embarazo

Aumentar la base de cotización por embarazo es una opción a la que pueden acceder aquellas profesionales autónomas que están planteándose tener un hijo y que desean recibir una prestación mayor por maternidad.

Sin embargo, a menudo surgen dudas sobre con cuántos meses de antelación habría que realizar el incremento y, también, si esto podría considerarse una acción fraudulenta que pudiese conllevar una sanción.

¿Qué supone aumentar la base de cotización por embarazo?

Cuando una mujer que trabaja por cuenta propia decide aumentar su base de cotización por embarazo, tendrá que aumentar la cuota mensual a la Seguridad Social. 

Sin embargo, esto le repercute positivamente tanto en la prestación del embarazo (pues la cuantía económica del subsidio será mayor que si estuviese cotizando por la base mínima) y, también, en su futura jubilación en el caso de que decida mantenerla.

Sin embargo, para poder acceder a esta ventaja conviene pedir el incremento de la base de cotización un mínimo de 6 meses antes de solicitar la baja por embarazo. 

Por lo tanto, no sería válido hacerlo sólo 2 o 3 meses antes. 

En esta última situación sí que se podría investigar si ha habido una intención fraudulenta, lo que podría sancionarse. 

No ocurre lo mismo si se cumple el plazo que corresponde, ya que aumentar la base de cotización es un derecho al que los autónomos pueden acogerse en cualquier momento.

Además, debes tener en cuenta que con el nuevo sistema de cuotas de autónomos el cambio en las mismas se puede realizar en determinadas ventanas a lo largo del año, con dos meses de intervalo.

Así que, si por ejemplo solicitas a principios de septiembre tu nueva cuota, no se aplicará hasta principio de noviembre.

Y es a partir de esa fecha cuando empezarían a contar los 6 meses para poder beneficiarte sin problemas.

Como conclusión, si en tus planes a un año está quedarte embarazada, lo mejor es que aumentes la cuota de autónomos cuanto antes.

Impuestos para Pequeñas Empresas: Guía Básica de Conceptos y Obligaciones

La gestión de impuestos es una parte fundamental de la administración financiera de cualquier pequeña empresa. Comprender los conceptos fiscales clave y cumplir con las obligaciones tributarias es esencial para evitar problemas legales y financieros. En este artículo, te ofrecemos una guía básica sobre los conceptos fiscales que las pequeñas empresas deben conocer y cumplir para mantener sus operaciones en orden y en cumplimiento con la ley.

1. Identificación Fiscal de tu Empresa:

Antes de comenzar cualquier actividad comercial, debes registrarte ante la autoridad fiscal correspondiente. Esto generalmente implica obtener un número de identificación fiscal (NIF) o número de identificación de empleador (NIE) según la estructura de tu empresa y tu ubicación.

2. Tipos de Impuestos para Pequeñas Empresas:

Las pequeñas empresas pueden estar sujetas a diferentes tipos de impuestos, como el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas (IS), el impuesto sobre el valor agregado (IVA), el impuesto sobre actividades económicas (IAE) y otros impuestos locales o autonómicos.

3. Contabilidad y Registro de Transacciones:

Llevar un registro preciso de todas las transacciones financieras es esencial. Esto incluye la contabilidad de ingresos, gastos, compras, ventas y nóminas. Un software de contabilidad confiable puede simplificar este proceso.

4. Impuesto sobre la Renta de Personas Jurídicas (IS):

El IS grava las ganancias obtenidas por la empresa. Debes comprender las tasas impositivas, los plazos de declaración y cómo calcular tus beneficios gravables.

5. Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA):

El IVA se aplica a la mayoría de las transacciones de compra y venta de bienes y servicios. Asegúrate de conocer las tasas de IVA aplicables, las exenciones y los plazos de declaración.

6. Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE):

El IAE se aplica a actividades económicas y comerciales específicas. Debes verificar si tu empresa está sujeta a este impuesto y calcularlo correctamente.

7. Retención en la Fuente y Pagos a Cuenta:

Algunos impuestos requieren que retengas una parte de los pagos realizados a proveedores o empleados y los remitas a la autoridad fiscal. Asegúrate de cumplir con estas obligaciones.

8. Deducciones y Beneficios Fiscales:

Investiga las deducciones y beneficios fiscales disponibles para pequeñas empresas en tu área. Pueden ayudarte a reducir tu carga fiscal legalmente.

9. Plazos de Declaración y Pago:

Conoce los plazos de declaración y pago de impuestos y asegúrate de cumplirlos puntualmente. Los retrasos pueden resultar en multas e intereses.

10. Asesoría Contable y Fiscal:

Considera la posibilidad de contratar a un asesor contable o fiscal para ayudarte a cumplir con tus obligaciones tributarias y asegurarte de que tu empresa esté en cumplimiento.

La gestión de impuestos es una parte esencial de la administración de una pequeña empresa. Comprender los conceptos fiscales clave y cumplir con las obligaciones tributarias es crucial para evitar problemas legales y financieros. Siempre busca información actualizada y asesoramiento profesional para garantizar que tu empresa esté en cumplimiento con las leyes fiscales aplicables y pueda funcionar de manera efectiva en el mundo empresarial.

Consejos para disfrutar de tus vacaciones si eres autónomo

¿Qué hacer para irte de vacaciones sin preocupaciones? ¿Cómo afrontar el verano si no tienes vacaciones?

Prepárate para las vacaciones como autónomo

Los problemas para “desconectar” de los autónomos suelen estar ligados a preocupaciones relacionadas con la evolución del negocio, los clientes o el cumplimiento de las obligaciones legales.Los siguientes consejos te ayudarán a llevar mejor el proceso.

  • Planifícate: evita dejar todo para el último momento. Informa a tus clientes sobre las fechas en las que no estarás disponible y ofréceles alternativas u otros canales de comunicación en caso de urgencias.
  • Adelanta algo de trabajo: es posible que los primeros días tras la vuelta de vacaciones sean “a medio gas”, por eso, conviene adelantar tareas antes de cerrar el negocio. De ese modo, no te sentirás desbordado a la vuelta del trabajo.
  • Desconecta totalmente (si puedes): como autónomo, es posible que sólo tengas unos pocos días de desconexión durante el año. Aprovéchalos. Conéctate sólo si es imprescindible para tu negocio, en caso contrario, relájate. Tu mente lo agradecerá durante el resto del año.

¿No te puedes ir de vacaciones?

No todos los autónomos podrán disfrutar de unas vacaciones en agosto.Si ese tu caso, te vendrá bien aplicar algunos de estos consejos.

  • Cuídate: el calor apretará y la tentación de dejarse llevar con los excesos estará ahí. Intenta cuidar tu alimentación, hacer deporte y respetar el descanso. El verano puede ser agotador si no lo afrontas con predisposición.
  • Reduce tu carga de trabajo: organiza el horario para asegurarte de tener tiempo libre. Con las altas temperaturas se rinde menos, no tiene mucho sentido condenarte a trabajar durante horas si tu rendimiento baja en picado.
  • Disfruta del verano: aunque te haya tocado trabajar, puedes y debes disfrutar del verano. Haz esas actividades que tanto te gustan para desconectar del día a día del negocio. En verano es importante mantener la mente despejada.

¿Quieres desconectar en agosto? Solicita tus “vacaciones fiscales”

Hacienda te da la opción de pedir 30 días de cortesía.No quiere decir que durante 30 días no vayas a pagar impuestos, lo que significa es que durante ese tiempo no recibirás notificaciones electrónicas de la Administración.Si vas a desconectar por completo en agosto, es importante que te acojas a estas “vacaciones fiscales”.Recuerda que omitir o no atender las comunicaciones de la Agencia Tributaria puede implicar sanciones por parte de Hacienda de entre 150 y 600.000 euros.Para acceder a los 30 días de cortesía, necesitas certificado electrónico o Cl@ve PIN.Entra en la web de la Agencia Tributaria. Después, ve a tu Área Personal.Haz clic en “Mis notificaciones”, luego en “Gestiones” y por último en “Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada”.Selecciona los días de cortesía que desees y guarda la solicitud.Ser autónomo suele estar reñido con el tiempo de ocio y descanso. Es vital buscar el equilibrio.Ese merecido descanso mejorará tu bienestar e incrementará la productividad.¡Aprovecha agosto para recargar energías!

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