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Declaración de la Renta 2016

Declaración de la Renta 2016: Consejos para su presentación

Dentro de poco tiempo comenzamos nuevamente con la presentación de la declaración de la renta 2016. En este caso, lo interesante en este año es que desaparece el famoso programa PADRE para dar paso a Renta Web, un programa especial que permite que desde internet se puedan hacer todas las gestiones pertinentes.

La presentación comienza el miércoles 5 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio a las 24 horas.

Quienes por algún motivo desean pedir cita en la Agencia tributaria deben esperar hasta el día 4 de mayo donde se abrirán unos números de teléfono específicos.

La gran diferencia este año es que no hará falta descargarse ningún programa sino que se podrá gestionar todo online, con lo que resulta más sencillo en alguna parte.

Además de ello se espera que con este programa haya una mayor agilidad tanto en la tramitación como en el hecho de la propia confirmación de los borradores, lo que permitirá que todo el mundo gane. Por supuesto que esas son las expectativas. Habrá que esperar realmente a ver si se terminan cumpliendo.

Otras fechas importantes a tener en cuenta es que si se desea presentar la solicitud para el pago por domiciliación bancaria, será hasta el día 26 de junio.

Como siempre indicamos en estos casos lo primero que se obtiene es un borrador el cual hay que chequear que la información esté correcta o en su defecto colocar la información faltante. Pero no en todos los casos es posible obtener un borrador. Por ejemplo, si eres autónomo te encontrarás con el problema de que no se te emitirá un borrador, con lo que tendrás que ingresar los datos tú mismo.

Recomendamos en estos casos el contar con un asesor contable y fiscal para que pueda ayudaros a realizar el borrador de forma correcta.

Todas las novedades de la Renta 2016

 

En pocos días comienza la nueva campaña de la renta de este año, por lo que hay que estar atento a las fechas y a las novedades para poder hacer todo correctamente.

renta 2016

Como siempre lo ideal es poder tener una persona especialista que nos ayude con la declaración con el fin de que no tengamos ningún tipo de inconveniente durante el camino.

El día 6 de abril se inicia la campaña de la Renta pudiendo obtener el borrador y confirmar vía internet todos los datos necesarios así como también el hecho de descargar el programa PADRE. También se inicia el servicio telefónico de información al respecto.

A partir del día 8 de abril, es cuando AEAT, es decir la Agencia Tributaria comienza a cursar todas las devoluciones de los borradores que se hayan confirmado.

Será a partir del día 4 de mayo en donde se puede comenzar a pedir cita previa para las ayudas presenciales en las oficinas de la AEAT.

El 10 de mayo, se inicia la confección de las declaraciones en las propias oficinas así como también el plazo de presentación en papel de las entidades colaboradoras.

El 25 de junio es el fin de la presentación de las declaraciones que deseen tener ingreso en su domiciliación bancaria.

El día 29 de junio es el último día para solicitar cita previa.

Y el 30 de junio se da por finalizada la campaña de la declaración de la Renta.

Durante el año pasado se tuvo una gran avalancha de confirmaciones durante el primer día de apertura, por lo que se espera que este año se obtengan más aún al hecho de tener la posibilidad de realizar online el borrador sin necesidad de descargarse el programa PADRE, salvo para aquellos autónomos, profesionales y empresarios generales.

Lo mejor siempre es hacer la declaración cuando antes para poder tener tiempo de realizar modificaciones si hace falta. Reunir todos los papeles que sean necesarios y presentarlos a nuestros asesores fiscales para que nos ayuden con ello es lo ideal, con el fin de obtener la devolución en nuestra domiciliación bancaria lo antes posible, o en su defecto el pago que haya que realizar teniendo la tranquilidad que se está al día con Hacienda.

Renta 2016 según cada Comunidad Autónoma

 

Ya estamos palpitando lo que será la declaración de la Renta 2016 que tiene que ver con el propio ejercicio del año 2015, en donde en muchos casos ya se sabe que la declaración dará como resultado a devolver o pagar a Hacienda. Esto se debe a que desde el inicio de año, hay aprobados en algunas Comunidades Autónomas unas aplicaciones de retención mínima.

Renta 2016

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, se optó por la aplicación de retención mínima del 19%, la que da como resultado de un 9,5% de la estatal y el resto de la autonómica.

En otras Comunidades como es el caso por ejemplo de Andalucía o Aragón, la mínima se encuentra en un 10% lo que ha hecho que incrementen los ingresos a 50.000 euros.

Esto da como resultado que por ejemplo una persona soltera y sin hijos que viva en Madrid, aplicando los mínimos de 19% y máximo de 21% tendrá como resultado que le saldrá a devolver en la Renta 2016. En las rentas que tengan cercanas a 70 mil euros, el importe a devolver será de hasta 182 euros.

En este caso, hay una diferencia circunstancia con quienes viven en Cataluña, Extremadura y Cantabria, donde la cosa será diferente. Si una persona gana unos 20 mil euros anuales, en Cataluña tendrá que pagar a Hacienda unos 170 euros, mientras que en el caso de los extremeños, si se ganan 45 mil euros, se deberán pagar 400 euros.

Por supuesto que todo esto siempre dependerá después de los casos particulares de cada uno y la posibilidad de disminuirlo a través de la colocación de otros gastos recibidos en general.

Lo mejor siempre es contar con un profesional que nos ayude en ello y que nos permita tener la Declaración de la Renta 2016 realizada de forma adecuada y concreta evitando así malos entendidos y problemas fiscales en el futuro.

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